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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2825
TRABAJADORES DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2825
Si en un contrato colectivo de trabajo, se señalan determinados puestos como de confianza, el patrón no está obligado a demostrar, ulteriormente, en caso de litigio con el sindicato respectivo, que la relación que lo liga con tales trabajadores, es de confianza ya que en el contrato, ambas partes han convenido expresamente en ese punto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1395/46. Centro de Dependientes y Empleados del Comercio, la Banca, la Industria y la Agricultura, de Jalapa, Veracruz. 13 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.