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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3056
SEMOVIENTES, POSESION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3056
Con una escritura privada, no se demuestra, la posesión de unos semovientes, si para tal efecto no existe alguna otra prueba, esto es, no existe ningún otro elemento de convicción por el cual se venga en conocimiento de que tales semovientes asegurados en virtud del acto reclamado, sean los mismos a que se refiere dicha escritura, ya que en ésta, ni siquiera se hizo la identificación de los indicados semovientes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 233/40. Cruz Máximo de la. 23 de septiembre de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Antonio Islas Bravo. Ponente: Roque Estrada.