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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3225
ACUMULACION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3225
Conforme al artículo 74 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable supletoriamente, en acatamiento a lo prevenido en los artículos 478 y 16 de la Ley Federal del Trabajo, el efecto de toda acumulación, es el de que se resuelvan los asuntos en una sola sentencia; y si la Junta responsable, en su laudo, únicamente resolvió sobre uno de los expedientes, debe concederse el amparo a fin de que resuelva asimismo sobre los otros.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8833/45. Morales María Esteban (menor). 26 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.