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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3420
AMPARO IMPROCEDENTE, CUANDO CONTRA EL LAUDO RECLAMADO SE CONCEDIO LA PROTECCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3420
Si contra el laudo reclamado en el amparo, se concedió la protección federal a la contraparte del quejoso, en diverso juicio de garantías promovido por éste, y la Junta responsable, en cumplimiento de la ejecutoria respectiva, dictó un nuevo laudo; debe estimarse que el laudo reclamado quedó insubsistente, en virtud de la concesión del amparo a que se hizo referencia, motivo por el cual debe declararse sin materia el nuevo juicio de garantías, que promueva otra de las partes, por haber cesado los efectos del acto reclamado, y sobreseerse en dicho juicio, de conformidad con los artículos 73, fracción XVI, y 74, fracción III, de la ley orgánica respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7453/38. Yáñez Julia. 15 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Antonio Islas Bravo.