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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 84
JUNTAS, NO ESTAN FACULTADAS PARA DECLARAR DERECHOS PROVENIENTES DE CONTRATOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 84
No es posible decidir ni resolver los derechos de las partes en el contrato de retroventa y en el de arrendamiento, mediante la tramitación de una tercería excluyente de dominio ante las autoridades del trabajo porque éstas no tienen potestad para conocer y declarar los derechos que provienen de contratos del orden común.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6353/45. Márquez Camacho María y coagraviadas. 1 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.