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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 175
ESTADO PATRONO, SUSPENSION PEDIDA POR EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 175
Debe concederse la suspensión solicitada por el titular de una dependencia del Ejecutivo, contra la resolución del Tribunal de Arbitraje, por la cual ordena que se pague a un empleado público la suma que debía corresponderle por concepto de sueldos, desde la fecha de su separación hasta que la plaza fue suprimida, pues si bien es cierto que la sociedad se interesa en que los particulares gocen de los emolumentos que les corresponden para tender a sus necesidades y las de su familia, también lo es que frente a ese interés de orden individual, existe el interés colectivo del Estado de conservar íntegros los fondos que la hacienda pública administra y que son destinados a llenar las más urgentes necesidades de la vida social.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 4672/43. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 1o. de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.