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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 865
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, COMPETENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 865
En el proceso laboral son las Juntas las que pueden plantear cuestiones de competencia y el objeto de estas cuestiones debe ser el conocimiento de un conflicto o juicio; y si en el caso a estudio, concluyó debidamente el juicio ordinario laboral con el laudo respectivo y la Junta que lo dictó se declaró incompetente cuando ya no conocía del juicio, es claro que carecía de competencia que declinar o sostener.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Central de conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 16 de abril de 1946. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Franco Carreño, Manuel Bartlett Bautista, Fernando de la Fuente, Roque Estrada, Agustín Téllez López, Alfonso Francisco Ramírez y Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.