Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372054
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
372054
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1054

DEMANDA DE AMPARO EXTEMPORANEA (COMPUTO DE LOS DIAS HABILES EN QUE LAS JUNTAS SUSPENDEN SUS LABORES).

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1054

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 8639/45. Padilla viuda de Davis Guadalupe y coag. 25 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIII, página 2716, tesis de rubro: "DEMANDA DE AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, INTERPUESTA FUERA DE TIEMPO (SEMANA MAYOR).".
Registro digital (IUS): 372054