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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1793
CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1793
El Ejecutivo no puede promulgar un decreto estableciendo la obligatoriedad de un decreto colectivo, sin que previamente le sea solicitado por la mayoría y que previa comprobación de ésta por parte de la Secretaría del Trabajo, le sea propuesta su expedición.
Precedentes
Amparos acumulados en revisión en materia de trabajo 7992/45. Keramos, S. A. (de Monterrey, N. L) y Fábrica de Loza "La Favorita", S. A. 14 de mayo de 946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.