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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2210
LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS (INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2210
El laudo reclamado es incongruente si condena a la parte quejosa a pagar a la actora por concepto de indemnización correspondiente a la muerte del trabajador, la cantidad que importan seiscientos doce días de salarios, no obstante que la actora sólo reclamó el equivalente de seiscientos dos días de salarios; pero aunque la parte actora hubiera señalado una cantidad inferior a la que corresponde a esos seiscientos dos días de salarios, tratándose de un error aritmético de su parte, no debe tomarse en consideración para determinar el monto de la prestación exigida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7904/45. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad de Charcas, S. L. P. 10 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.