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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2231
INSPECTORES FEDERALES DEL TRABAJO, ACTAS LEVANTADAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2231
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que no es requisito indispensable que las actas levantadas por los inspectores federales del trabajo sean ratificadas en juicio para que puedan tener valor probatorio en el mismo; pues si una acta que fue levantada por un inspector federal del trabajo únicamente contiene lo que ante dicho funcionario declararon ciertas personas, es claro que tal acta, por estar autorizada por el mencionado funcionario, sólo demuestra que éste sostiene que ante él declararon lo que en ella se contiene, mas no que las deposiciones de los declarantes sean válidas; por lo que, siendo el contenido de la susodicha acta de naturaleza netamente testimonial, las personas que declararon debieron haber sido examinadas como testigos en el juicio laboral, o al menos debieron ratificar el acta ante la autoridad responsable, para dar así a la otra parte oportunidad de repreguntar; de manera que si no se hizo lo uno ni lo otro, la repetida acta no tiene valor probatorio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 809/45. Carreño Isaac. 10 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Luis G. Corona.