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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 373
PERSONALIDAD ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 373
El artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo, establece la forma en que los interesados acreditarán su personalidad ante las Juntas; pero ni este ordenamiento, ni el Código Federal de Procedimientos Civiles, dan derecho a los litigantes para no presentar, en el momento oportuno, el documento que acredite su personalidad, cuando comparezcan en nombre de otra persona física o moral.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4657/45. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de enero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.