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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 644
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, BENEFICIARIOS DE LA (AMASIATO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 644
Si la quejosa se encontraba unida con el trabajador fallecido, por una relación de amasiato, es claro que ningún parentesco existía entre ambos, ya que esa relación no queda comprendida en alguna de las clases de parentesco que reconoce la ley civil, en los artículos 292 a 295 del código de la materia, y aun cuando en el laudo reclamado se aceptó que la propia quejosa acreditó haber dependido económicamente del trabajador fallecido, ello no implica que se le declarara beneficiaria, de la indemnización al igual que el menor declarado beneficiario, porque este último tiene el carácter de hijo natural del trabajador, y excluye a cualquier dependiente económico del mismo, para el efecto de percibir la indemnización, de acuerdo con el texto de las dos fracciones del artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4297/45. Santos Mata viuda de Guzmán Alonso María y coag. 24 de enero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.