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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 666
DESISTIMIENTO DE LA ACCION POR FALTA DE PROMOCION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 666
De los términos del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, no se desprende que la parte que promueva la declaración de desistimiento de la acción, deba señalar concretamente cuál o cuáles pruebas pendientes de desahogo son las que requieren promoción de la parte actora para llevarse adelante, sino que, por el contrario, cualquiera que sea la naturaleza de la prueba no desahogada, es la propia parte actora la que debe gestionar que se practique, dado el interés que es de suponerse de su parte para que no opere la caducidad, y el hecho de que la autoridad responsable mandara desahogar ciertos exhortos, no releva a la parte actora de la obligación que tenía de gestionar que se cumplimentara oportunamente tal prueba, independientemente de la obligación que, a su vez, tuvieran las autoridades responsables, para llevar adelante su propia resolución.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6173/45. Petróleos Mexicanos. 24 de enero de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente y ponente: Luis G. Corona.