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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372174
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 803
TRABAJO, PERSONALIDAD DE LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 803
Ninguna de las disposiciones legales que forman parte del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, de ocho de septiembre de mil novecientos treinta y tres, autoriza a los jefes de sección para presentarse como procuradores en juicio, ante las autoridades judiciales, y tal facultad queda reservada a los procuradores, ya sean general o auxiliares, de acuerdo con las fracciones I y II del artículo 1o., I del 38 y VI del artículo 41 del reglamento mencionado; por lo que el juicio de garantías promovido por el jefe de la Sección de Amparos de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a nombre del quejoso debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6286/45. Contreras Crescencio. 28 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.