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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 859
CONTRATO DE TRABAJO, CUMPLIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 859
Si la acción intentada es la de reinstalación, el término de prescripción corresponde al de un mes; pero si en el caso, la acción intentada fue sobre cumplimiento del contrato de trabajo y no sobre reinstalación, pues dicho contrato es temporal por estar circunscrito al periodo de la zafra, siendo la causal la de que el patrón no llamó a los trabajadores reclamantes al iniciarse los trabajos de zafra en cierta ocasión, no obstante su obligación contractual; y no se trata de un despido de los quejosos, pues aunque posteriormente se presentaron al enterarse de que se había iniciado la zafra y se les negó ocupación, su demanda se dedujo para lograr el cumplimiento del contrato por la omisión patronal al no haberlos llamado, lo cual en rigor no implica el despido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4702/45. Corcuera Alfonso L. 29 de enero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.