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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 861
DESISTIMIENTO DE LA ACCION POR FALTA DE PROMOCION, EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 861
Examinándose los diversos momentos procesales, a partir de la prestación de la demanda hasta los alegatos, tanto en lo que se refiere a la intervención que dentro del procedimiento tienen los tribunales del trabajo, como a las diversas cargas y obligaciones de las partes, cuando se trata del desahogo de pruebas pendientes se deduce que debe existir promoción de la parte actora, para que se realicen, pues de no hacerla, con aplicación del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, debe operar la sanción por la morosidad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5966/45. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 29 de enero de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.