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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1377
TRABAJO EN DIAS DE DESCANSO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1377
Al actor corresponde demostrar que ha prestado servicios los domingos y días de descanso obligatorio, para tener derecho al pago de los salarios correspondientes, pero una vez hecha esa demostración, corresponde al demandado la prueba de haber cubierto su importe, ya que la negativa del último, implica la afirmación de haber efectuado el pago.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5151/45. González Nájera Rafael. 14 de febrero de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. Relator: Luis G. Corona.