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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1385
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, FIRMA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1385
El hecho de que el patrón, en contra de quien se haya dirigido por un sindicato pliego de peticiones con emplazamiento de huelga como medio de obtener la firma de un contrato colectivo de trabajo, tenga celebrado con diverso sindicato un pacto de esta naturaleza, si dicho pacto se depositó ante la Junta con posterioridad a la fecha en que fue presentado el pliego a que se alude, no invalida la acción del sindicato emplazante, porque el contrato sólo surte efectos contra terceros, desde el momento en que se deposite ante las autoridades del trabajo, y por tanto, habiendo tenido lugar este acto con posterioridad a la fecha en que se promovió la declaración de huelga, no pudo tener por virtud que se retrotrajeran sus efectos al extremo de hacer nugatorios los derechos de los que promovieron el movimiento de referencia.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1432/45. Reyes Aarón y coags. 14 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo.