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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2180
PRUEBAS ANTE LA SUPREMA CORTE, TRATANDOSE DE IMPEDIMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2180
La promovente debe rendir las pruebas que estime convenientes, a fin de justificar los motivos de impedimento que hace valer; pero si no rinde ninguna prueba, y solicita que esta Suprema Corte las recabe, a tal petición no debe accederse por ilegal, ya que la propia Suprema Corte no puede intervenir en la preparación o formación de las pruebas, sino solamente está facultada para recibirlas y juzgar respecto de su valor jurídico.
Precedentes
Impedimento 8/46. Luna de Juárez Luz María. 11 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.