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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2499
SALARIOS CAIDOS A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2499
El artículo 13 de la Constitución Federal no impide que la autoridad competente disponga que se manden abonar a una persona indebidamente cesada en sus funciones, los sueldos que debía haber devengado durante el tiempo que duró el cese indebido.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3373/45. Jefe del Departamento del Distrito Federal y coag. (acumulados). 14 de marzo de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.