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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2551
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2551
La Junta, con la facultad que tiene para juzgar los hechos según lo estimen sus miembros en conciencia, obró correctamente en el caso al dar por probada la falta de probidad y honradez de uno de los quejosos, fundándose en que el jefe de las Comisiones de Seguridad de Policía, afirmó y sostuvo que dicho trabajador en su presencia confesó haber cometido el robo de los objetos que se le recogieron a otra persona, a quien se los había enviado por conducto de otra, y en la declaración de otros testigos; y esa falta de probidad y honradez de uno de los quejosos debe tenerse por probada, aunque por falta de algunas formalidades procesales se hubiera sobreseído el proceso que se le siguió al mismo trabajador, por robo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7426/44. Pacheco Francisco, Sr., y coag. 15 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.