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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 3070
DESISTIMIENTO DE LA ACCION POR FALTA DE PROMOCION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, LA NEGATIVA A DECLARARLO, ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 3070
Las determinaciones por medio de las cuales las Juntas de Conciliación y Arbitraje se niegan a tener por desistidos a los actores de la acción intentada, por falta de promoción durante el término de tres meses, no son de naturaleza procesal y sí resoluciones destacadas que dejan viva la acción del reclamante y que, precisamente, al recurrirse por los demandados, en amparo, su objeto es el de que tal acción se extinga, operándose el desistimiento por morosidad, de conformidad con el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, y en esas condiciones, no son susceptible de ser reclamadas en el amparo que se interponga contra el laudo que se dicte en controversia obrero patronal, máxime que aquél no puede ocuparse de las peticiones formuladas por los demandados con el fin indicado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7741/45. Petróleos Mexicanos. 29 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.