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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 317
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, ADMISION Y DESAHOGO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 317
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje una vez que admiten las pruebas rendidas por los interesados, están obligadas a desahogarlas en sus términos, por lo que si admiten una probanza, sin que la reciban, es claro que su proceder deja en estado de indefensión a la parte agraviada, ya que le impidió justificar los extremos de su excepción, como quiera que el laudo fue dictado antes de que obrara en poder de la Junta tal probanza.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5753/45. "Aceitíferos", S. A. 10 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.