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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1025
LAUDOS REPUESTOS, CUANDO PROCEDE EL AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1025
Aun cuando en los conceptos de violación, el quejoso omita expresiones por las que podría entenderse que reclama el hecho de que la responsable había desatendido el contenido de una ejecutoria de esta Suprema Corte, si también hace valer argumentos por los que combate nuevas violaciones que estima cometidas, con relación a los nuevos fundamentos del laudo, y que la responsable esgrimió al cumplimentar la ejecutoria aludida, debe decirse que en contra de éstos sí es procedente el juicio de garantías, ya que el amparo se había concedido para el efecto de que se estudiara el punto relativo a la nulidad del convenio, porque al hacerlo la responsable, cumpliendo con la referida ejecutoria, pudo haber incurrido en nuevas violaciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2424/45. Roldán Guadalupe H. 8 de noviembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.