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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1743
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA ( LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1743
Si se trata de acumulación de delitos, debe la autoridad responsable, en los términos de lo dispuesto en los artículos 52, 53 y 67 del Código Penal aplicable, individualizar las penas que aplicó, para justificar la causa de su imposición; es decir, establecer, conforme al último de los citados preceptos, cuál es la sanción del delito mayor y en qué términos consideró prudente agravarla "teniendo en cuenta las circunstancias señaladas en los artículos 52 y 53".
Precedentes
Amparo penal directo 5758/45. Franco Rodríguez Rosendo. 7 de diciembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.