Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372435
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372435
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1789
CONTRATO DE TRABAJO, CASO EN QUE NO SE PRUEBA LA EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1789
Si el trabajador quejoso pretende que la autoridad debió tener por comprobada la relación contractual de trabajo, por la simple circunstancia de no ser creíble que él demandara a una persona que no fuera su patrón, debe decirse que tal argumento realmente no merece contestación alguna, porque la ley, al exigir que se compruebe la existencia del contrato de trabajo, elimina la posibilidad de que se dé crédito al actor, por la sola circunstancia de que él lo asegura.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4633/45. Ham Calleros Antonio. 7 de diciembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.