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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 224
POSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 224
Si el absolvente contesta con evasivas las posiciones que se le articulen, y la Junta no tiene por ciertos determinados hechos, con ello no viola el artículo 529 de la Ley Federal del Trabajo, si dicho absolvente no ha sido apercibido de tenérsele por confeso, en caso de que no conteste categóricamente las preguntas que se le hagan.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7021/43. Ureña Campoy Francisco. 11 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.