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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 234
TRABAJO, ADMISION DE LAS PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 234
El artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, sólo se contrae a la declaración que las Juntas deban hacer, sobre la admisión de las pruebas que se hubieren ofrecido y sobre la facultad de las mismas para desechar las que se estimen improcedentes e inútiles.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 434/45. Cosío Jesús. 11 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.