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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 524
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, CUANDO NO PUEDE INTERPONER REVISION EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 524
Debe desecharse la revisión interpuesta por el Tribunal de Arbitraje, porque cuando las autoridades responsables actúan resolviendo una controversia y su resolución es atacada en amparo, carecen del derecho de interponer revisión, por la falta de interés que es necesario para la prosecución del juicio y del que sólo son titulares el quejoso y el tercer perjudicado.
Precedentes
Tomo LXXXV, página 2980. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9832/44. Secretaría de Educación Pública. 8 de agosto de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXV, página 2980. Indice Alfabético. Incidente de inejecución 8564/44. Secretario de Salubridad y Asistencia Pública. 6 de agosto de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXV, página 2980. Indice Alfabético. Amparo 2362/44. Secretario de Educación Pública y coagraviados. 23 de julio de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXV, página 524. Amparo en revisión en materia de trabajo 3314/44. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 23 de julio de 1945. Mayoría de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.