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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 575
SENTENCIAS DEFINITIVAS, PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 575
Aunque se reclame una sentencia definitiva, si ésta se impugna por el concepto de indefensión absoluta, como en realidad lo que se reclama es todo el procedimiento seguido sin sujeción a la esencial y fundamental de sus formalidades, como es la audiencia del reo, en estos casos es procedente el amparo indirecto.
Precedentes
Amparo en revisión 4705/37. Huerta María. 25 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.