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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 993
DICTAMENES DE LOS AUXILIARES DE LAS SECRETARIAS DE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 993
Los dictámenes rendidos por los auxiliares de las secretarías de las Juntas, en sí mismo considerados, ningún perjuicio pueden ocasionar, al quejoso, porque sólo tienen como finalidad la de facilitar la discusión y votación, y son los representantes de las Juntas los únicos que deciden el negocio al emitir su voto, mas no los dictámenes, los cuales tienen simplemente la opinión personal de su autor.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2994/45. Ruis Payán Salvador. 9 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.