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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 992
CONFESION EN PROCEDIMIENTO OBRERO, LAS POSICIONES PUEDEN SER VERBALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 992
En la Ley Federal del Trabajo, no existe disposición alguna que obligue a las partes a presentar por escrito las posiciones que articulen, de tal manera que pueden formularse verbalmente, en el mismo acto de audiencia de pruebas, al procederse el desahogo de la confesional, y únicamente en el caso de que por enfermedad o por otra circunstancia especial, no pueda concurrir la persona que debe ser examinada, la Junta está autorizada para exigir que la parte contraria formule su interrogatorio por escrito, cuando no estime prudente permitir la asistencia de dicha parte contraria, a la diligencia que debe practicarse en el domicilio de la persona que debe declarar, atento lo dispuesto por el artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2994/45. Ruiz Payán Salvador. 9 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.