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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1036
TERCERIAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1036
El artículo 482 de la Ley Federal del Trabajo debe entenderse en el sentido de que cuando una persona tiene varias acciones que no sean contrarias, debe intentarlas en una sola demanda, y por el ejercicio de una o más, quedan extinguidas las otras; y tal precepto no tiene aplicación en el caso en que se trata de dos personas distintas que promovieron cada una de ellas tercerías excluyentes de dominio sobre determinado bien mueble que había sido embargado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10013/44. Uribe Jesús. 10 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.