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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1122
FERROCARRILES, LOS PATIOS DE LAS ESTACIONES DE LOS, NO SON ZONAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1122
La competencia para conocer de una reclamación corresponde a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje respectiva, si aquélla tiene como elemento causal, prestaciones de trabajo que se dicen realizadas en los patios del ferrocarril en una ciudad, ya que esas localidades no pueden conceptuarse una zona federal, y, por consiguiente, rige el caso la regla general de la fracción XXXI adicionada al artículo 123 de la Constitución, que fija la competencia para la aplicación de las leyes del trabajo, en favor de las autoridades de los Estados, al no estar comprendidas entre las excepciones que establece el propio precepto tratándose de asuntos relativos a la industria textil, eléctrica, cinematográfica, hulera, etcétera, empresas que ejecutan trabajos en zonas federales y aguas territoriales, etcétera.
Precedentes
Competencia 89/43. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número Diecisiete, en Monterrey, y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León. 14 de agosto de 1945. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.