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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1848
PATRON, SUSTITUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1848
La Suprema Corte, aclarando el texto del artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que la sustitución de patrón no afecta a los contratos de trabajo existentes, tanto colectivos como individuales, ha dicho que habrá sustitución del patrón que no afecta a los contratos existentes, colectivos o individuales, siempre que una entidad económica o industrial, cambie de dueño, cualquiera que sea también el medio legal que se use para la traslación de dominio; pero esto no quiere decir que al plantearse el incidente de sustitución de patrón, en todo caso se tenga que demostrar y la Junta que resolver, que los contratos de trabajo colectivos o individuales, están en vigor, ya que esto debe ser materia de juicio y procedimiento principal, pues que en el incidente de patrón sustituto, previo a un laudo, sólo se debe acreditar que, mediante cualquier medio de los autorizados por la ley, una entidad económica o industrial ha cambiado de dueño, habiendo consiguientemente un patrón sustituido y un patrón sustituto, en relación con los trabajadores de dicha entidad económica o industrial, y para el fin de que sea oído y en su caso le afecte el laudo. Además la misma Suprema Corte, ha sustentado el criterio de que la sustitución patronal tiene únicamente efectos procesales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3450/45. Sindicato de Trabajadores de la Industria de Bonetería y coagraviados. 3 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.