Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372610
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1963
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, CONFLICTOS DE QUE CONOCE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1963
El artículo 99 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, otorga competencia al Tribunal de Arbitraje para conocer, entre otros casos, de los conflictos que surgen entre funcionarios de una unidad burocrática y sus trabajadores; conflictos que sólo pueden referirse, dada la naturaleza de los mismos, a cuestiones relacionadas con el empleo en sí, empleo creado y remunerado por el Estado, del que hace intermediario en sus relaciones con el trabajador, al funcionario correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 913/43. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 6 de septiembre de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente y ponente: Antonio Islas Bravo.