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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2029
CONVENIOS OBRERO PATRONALES SOBRE AUMENTO DE SALARIOS, ALCANCE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2029
Aun cuando en la redacción de un convenio, que aumenta salarios a los trabajadores, sólo hayan intervenido los obreros de determinada sección, debe decirse que como los contratos colectivos de trabajo rigen para todos los trabajadores de la misma empresa que se hallen en condiciones semejantes, la autoridad pudo hacer extensivos sus beneficios a los trabajadores de determinado lugar, por más que éstos no hubiesen tenido intervención directa, ya que en una de las cláusulas se expresa que los aumentos de salarios regirían en toda la extensión, en el caso, de la unidad de Parral, al que pertenece ese determinado lugar, y al admitir tal situación, la autoridad, no violó las garantías individuales de la empresa quejosa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2922/45. Compañía Minera Asarco, S. A. 7 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, página 254, jurisprudencia 281/85, bajo el rubro "SALARIOS, NIVELACION DE LOS."