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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2085
PETROLEOS MEXICANOS, CUANDO ES PATRON SUSTITUTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2085
El artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo ha sido interpretado en el sentido de que la sustitución del patrón existe cuando se efectúa el traspaso de la negociación y la empresa continúa existiendo, por lo que Petróleos Mexicanos debe considerarse como patrón sustituto de la Pierce Oil Company, estando obligada a pagar a aquella institución, la jubilación hecha por la Pierce Oil Company en favor del trabajador, independientemente de que ésta continúe subsistiendo como entidad jurídica.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2745/45. "Petróleos Mexicanos". 10 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.