Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372625
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2105
TRABAJO, LEY APLICABLE PARA LA VALORACION DE LAS PRUEBAS, EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2105
El artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, es el que norma la apreciación de las probanzas, ya que el Código Federal de Procedimientos Civiles no puede ser supletorio de aquella ley, en lo referente a la valoración de las pruebas, por existir un sistema perfectamente adecuado en la legislación obrera, que, en consecuencia, aleja toda suplencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1072/44. Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S.A. 12 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Luis G. Corona.