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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2246
DICTAMENES DE LAS JUNTAS, QUIENES DEBEN FIRMARLOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2246
Aun cuando el dictamen no se encuentre firmado por el auxiliar del grupo responsable, esta omisión no invalida ese dictamen, ya que la parte final del artículo 535 de la Ley Federal del Trabajo, no establece como presupuesto de validez, la condición indicada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7963/42. Díaz de León Genaro. 21 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.