Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372638
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2396
TRABAJADORES DEL ESTADO (EMBRIAGUEZ HABITUAL).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2396
No concurre la causal señalada en el inciso h) de la fracción V del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, que señala la concurrencia habitual al trabajador en estado de embriaguez, si como en el caso, sólo se demostró que el cartero demandado fue encontrado en estado de ebriedad en la calle y lo estaba al llegar a la oficina, lo cual no comprueba la habitualidad de la embriaguez, ni menos la concurrencia también habitual en ese estado, a la oficina en que desarrolla sus actividades.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5822/44. Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas. 27 de septiembre de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilio López Sánchez.