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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2456
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2456
Es claro que el artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, faculta a las Juntas a decretar, por mayoría de votos de sus componentes, la práctica de cualesquiera diligencias que estimen necesarias para el mejor esclarecimiento de la verdad; mas si una de las partes, desentendiéndose de su propio interés, en orden a la acción que ejercitó, no rinde pruebas y la Junta las aporta al conflicto, en auxilio del omiso, indudablemente su actitud se aparta de toda noción del principio de equidad que debe imperar en los litigios de acuerdo con las normas procesales que los rigen, y al mismo tiempo con ello desnaturaliza la función de la Junta, toda vez que con el acto apuntado, se favorece ostensiblemente el interés de una de las partes y por tanto, la facultad instituida en el artículo en cita, no puede comprender tales extremos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 837/45. "La Industrial", Fábricas de Galletas y Pastas, S. A. 28 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.