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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 148
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 148
La fracción II del artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que las prescripciones se interrumpen cuando la persona a cuyo cargo corre esa prescripción, reconoce el derecho de aquellos contra quien prescribe, de palabra por escrito o por hechos indudables.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4573/44. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.