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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 306
SALARIOS CAIDOS, CUANDO NO DEBEN CUBRIRSE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 306
Si se demandó la reinstalación de unos trabajadores, y la Junta responsable juzgó que tal reinstalación no era procedente, es claro que tampoco puede serlo la consecuencia relativa al pago del tiempo caído.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 829/41. Cía. Espectáculos Monterrey, S. A. 8 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.