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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 601
TRABAJO, RESCISION DEL CONTRATO DE, POR CAUSA IMPUTABLE AL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 601
Tuvo derecho la empresa quejosa, al rescindir el contrato de trabajo que tenía celebrado con el trabajador, ya que si éste aventó un objeto con el que paralizó el movimiento de una cadena, ocasionando además de la paralización del trabajo correspondiente, determinadas descomposturas, originando gastos, daños y perjuicios a la empresa, tienen aplicación las fracciones V, VI y XVI del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, y al no haberlo considerado así el Grupo responsable, es claro que violó garantías individuales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9141/44. American Smelting and Refining Co., Planta Avalos. 12 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.