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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 699
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER, EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 699
La facultad consignada en el artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, es potestativa para los miembros de las Juntas, pero no se trata de una obligación que les permita suplir la deficiencia de las pruebas rendidas por las partes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6642/44. Ertze Garamendi Antonio de. 16 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.