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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 854
BONETERIA, CONTRATO LEY PARA LA INDUSTRIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 854
La industria de bonetería, por lo que respecta a salarios, esta regida por un contrato-ley, el que, por su naturaleza, están obligados a observar todos los patrones y empresas, así como los trabajadores dedicados a la explotación de dicha industria; por lo que no hace falta que la empresa demandada no hubiera celebrado contrato colectivo con sus trabajadores, porque tal contrato ya existe y está en vigor, desde la fecha en que se expidió el decreto que le da fuerza y carácter de ley, y por lo mismo, tanto la parte demandada, como sus trabajadores, están obligados a cumplirlo, aunque no lo hayan firmado. Tampoco hace falta para su aplicación, que no exista glosado en autos, o que no se haya compulsado en los mismos, ni que se haya señalado por las actoras el archivo donde se encuentra para consultarlo, pues siendo ley dicho contrato, la responsable tiene obligación de conocerlo, y al aplicarlo, no necesita hacer constar que lo tuvo a la vista, como no lo hace cuando cita disposiciones de la Ley del Trabajo, del Código Federal de Procedimientos Civiles o de alguna otra ley o reglamento en que funde sus laudos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6912/44. "American Wooll". 19 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.