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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 876
JUNTAS, APRECIACION DE LOS HECHOS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 876
Aunque los documentos públicos, de acuerdo con la legislación común, tienen pleno valor probatorio, las Juntas están facultadas por el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, para apreciar los hechos como lo crean debido en conciencia, y sin sujetarse a reglas sobre estimación de la prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9222/44. Arias Rivera José y coag. 19 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.