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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1177
INFORME DE LA RESPONSABLE, IMPERFECCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1177
Advertida la imperfección del informe, corresponde al quejoso, en los términos de artículo 149 de la Ley de Amparo, suplir el defecto, alegando pruebas por su parte, cuando no se trata de un acto violatorio de garantías en sí mismo, cuya inconstitucionalidad se presume.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10175/44. Fung Te Yit. 26 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.